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02/09/2019 Exportadores de Servicios - Liquidación de Divisa

Publicado: 01 Sep 2019 21:59
por EstudioContableGS
Estimados, acá les dejo el DNU que salió hoy mismo, donde informa (entre otras cosas) la restricción de tener que liquidar las divisas en el mercado cambiario legal argentino (MULC) máximo 5 días después de recibir los fondos en el exterior.

Ya no se podrá cobrar y recibir los fondos en el exterior de forma indefinida.

Aquí les dejo el DNU para que puedan verlo.

Cualquier duda, estamos en contacto para quienes necesiten recibir asesoramiento impositivo profesional respecto a cómo afectan esta y otras medidas a su condición fiscal.

https://jorgevega.com.ar/impuestos/1470 ... mbios.html

Saludos y buen inicio de semana.

Re: 02/09/2019 Exportadores de Servicios - Liquidación de Di

Publicado: 02 Sep 2019 10:08
por thrawn
O sea, si soy Monotributista (registrado en MiPyME por retenciones ) que exporta servicios al exterior:
Cuando la empresa a la que le brinde servicios me giren USD 1000 por ejemplo a mi cuenta de banco en argentina entonces:

1) Me sigue llegando en USD pero tengo 5 dias para yo cambiarlo totalmente a pesos?
2) El banco directamente hace el cambio y me lo deposita en pesos?
3) Ninguna por que esto es solo para personas jurídicas?

Re: 02/09/2019 Exportadores de Servicios - Liquidación de Di

Publicado: 02 Sep 2019 12:00
por Mordar
nmda escribió:O sea, si soy Monotributista (registrado en MiPyME por retenciones ) que exporta servicios al exterior:
Cuando la empresa a la que le brinde servicios me giren USD 1000 por ejemplo a mi cuenta de banco en argentina entonces:

1) Me sigue llegando en USD pero tengo 5 dias para yo cambiarlo totalmente a pesos?
2) El banco directamente hace el cambio y me lo deposita en pesos?
3) Ninguna por que esto es solo para personas jurídicas?

Creo que en este caso seria la 2) el banco directamente hace el cambio y te deposita en pesos al precio del dia.