julianleandrog escribió: ↑14 Mar 2024 15:37
Buenas.
Revivo este post. Estoy planificando un viaje desde BsAs al exterior y en la búsqueda de precios la mejor oferta la encontré por la aerolínea Latam viendo el precio en USD con VPN de Uruguay.
La duda es, ¿La Payo se podrá usar para pagar en LATAM sin correr el riesgo de ser perseguido por tener cuenta afuera? Desconozco en que situación quedaron la aerolínea y el país entre lo que operaba acá y se fué.
https://www.argentina.gob.ar/normativa/ ... 5497/texto
Los prestadores de servicios de transporte aéreo internacional (vuelos comerciales o no comerciales y regulares o no regulares), así como los sujetos propietarios de aeronaves afectadas al uso particular y exclusivo de su titular o de sus asociados, directivos o empleados para vuelos internacionales, deberán remitir a la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES —mediante transferencia electrónica de datos— información relativa a los sujetos transportados (pasajeros o tripulación). A tal fin, serán de aplicación las definiciones, pautas y el procedimiento que se detallan en el Anexo I que se aprueba y forma parte de la presente.
La información suministrada será utilizada por la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL y la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, de acuerdo con las competencias de cada organismo y conforme al procedimiento de intercambio de información, por medios electrónicos, que se establezca.
2.2.1. Deberán suministrar los datos que fueron recolectados y almacenados para los propósitos de sus procedimientos comerciales en el sistema de Registro de Nombres de Pasajeros (PNR), que se indican a continuación, de acuerdo al Documento OACI 9944, respetando las legislaciones de privacidad de datos aplicables al vuelo:
• Localizador del expediente del pasajero.
• Fecha de reserva.
• Itinerario completo del viaje.
• Nombre y apellido informado de cada sujeto transportado en el PNR.
• Información sobre modalidades de pago.
en resumen las aerolineas estan obligadas a transmitir cierta informacion de los pasajeros a diferentes organismos
se incluye informacion sobre modalidades de pago es decir como abonaste el pasaje
segun el documento Documento OACI 9944
https://www.icao.int/Security/FAL/ANNEX ... ons_es.pdf
sobre la forma de pago (FOP) se transmite esta informacion
Toda FOP [en efectivo, electrónico, número y fecha de expiración de la tarjeta de
crédito, aviso de billete prepagado (PTA), cambio], detalles de la persona/agencia
que paga el billete, códigos de descuento al personal
esa informacion va a ser recibida por AFIP
sobre lo que sucede luego solo es posible realizar conjeturas