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Fernando Niembro
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raulborgo escribió:Gracias @netz3r ... quizas voy a probar en unas semanas transferir desde payoneer a mi cuenta por SWIFT y comento en ese thread mi feedback cualq cosa.
Igual... ando pensando seriamente en sacar payo del medio y rendirme ante el sistema... En mi caso, a veces, es un pago importante mensual que me excluiria del mono. Argh...
El calculo de ingresos del monotributo es anual, no mensual.

Si tu categoria son 700 mil anuales podes facturar/recibir por ejemplo 10 lucas de enero a noviembre y 690 en diciembre
El partido esta picado, por suerte nosotros contamos con Travel Eis Asistans

raulborgo
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Mmm... yo soy nuevo en el monotributo y me dijeron que hay una cosa llamada Anualizacion (no categorizacion) en la cual si en 6 meses te pasas de la mitad de lo que facturarias anual, digamos si en 6 meses me paso de 350K (la mitad del mono alto anual) entonces automaticamente a autonomo... Eso me dijeron...
Tengo que investigar tambien cuando podes volver al mono, una vez q te pasaste, si al siguiente año fiscal o que...

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Fernando Niembro
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Quien te tiró esa fruta?
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raulborgo
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Un contador.
Puede ser que tenga q ver con esto... https://www.afip.gob.ar/guiaDeServicios ... ributo.pdf pag 8

ACLARACIÓN – INICIO DE ACTIVIDADES
Si Inicia Actividades, a los efectos de determinar la categoría que le corresponde ingresar,
únicamente deberá tener en cuenta el parámetro de la superficie afectada y, de corresponder,
el parámetro de monto de alquileres devengados tomando el monto que surja del contrato de
alquiler respectivo. De no contar con estos datos de referencia, deberá categorizarse
realizando una estimación razonable de sus ingresos brutos.
Posteriormente, desde el inicio de actividad y cada 4 meses deberá anualizar los ingresos
brutos obtenidos,
la energía eléctrica consumida y, de corresponder, el monto de alquileres
devengados, y, considerando estos resultados, verificar si la categoría en la que se encuentra
es la correcta.
Si se modificó, deberá recategorizarse utilizando el servicio “Sistema Registral“ opción
“Registro Tributario” ítem “Monotributo”, con Clave Fiscal.
El pago del nuevo importe deberá efectuarlo a partir del sexto mes contado desde el inicio del
cuatrimestre considerado.
Deberá repetir este procedimiento durante los primeros 12 meses desde el inicio de su
actividad.

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Fernando Niembro
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Pero denuevo

Limite: $700.000 anual

Ponele que del mes 1 al 4 vos facturas $100. Lo extrapolas a 12 meses y claramente no te estas pasando...Si en el ultimo mes facturas $690.000, extrapolandolo a 12 meses seguirias dentro de los $700.000 que tenes de limite. A fin de cada cuatrimestre tenes que mirar 12 meses atras.
Recategorización de Monotributo - Cuatrimestral
Al finalizar cada cuatrimestre calendario, el monotributista debe calcular los ingresos acumulados y la energía eléctrica consumida en los 12 meses inmediatos anteriores, así como la superficie afectada. Si dichos parámetros son superiores o inferiores a su categoría actual deberá recategorizarse.
https://servicios1.afip.gov.ar/generico ... .aspx?tr=3
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tinchocipa
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Entiendo que ambas cosas son válidas. La técnica de mirar los 12 meses anteriores para ver si se excede el monto de la categoría, es válida, obviamente, a partir del mes 13 (o tercera recategorización). La anualización, como indica el texto que pegaron, se debe realizar durante los primeros 12 meses en cada recategorización. En mi entender, la AFIP pone esto de la anualización para no darte un año de changüí desde el momento de inicio de la actividad.

raulborgo
Payoneero
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Gracias por la explicacion muchachos... Me queda más claro.
Yo inicie monotributo en Octubre 2016... Por lo cual en Octubre 2017 terminaria esta fumada de anualizacion que hacen solo el primer año...

Marco
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Hola Payoneeros!

Acudo a ustedes porque hace días que estoy dando vueltas con esta consulta y nadie me sabe explicar bien, y es una pregunta boludísima...!

La cuestión es que ya tengo el CUIT y quiero dar de alta la actividad de Exportación de Servicios para poder dar de alta el Monotributo... pero en el Nomenclador de la AFIP no hay ninguna actividad llamada "Exportación de Servicios". Ni siquiera alguna referente a "Exportación".
Les juro que leí todas las guías disponibles, todos los blogs sobre exportación de servicios, busqué y leí el Nomenclador entero, y las FAQ de la AFIP, y sigo sin encontrar cómo me puedo 'declarar' como exportador de servicios.

1) ¿Cómo indico que mi actividad es la exportación de servicios, entonces?
2) Si no hay actividad llamada "exportación de servicios"; tengo que dar de alta la actividad específica (en mi caso sería 729000 - Actividades de informática n.c.p.) y la exportación de servicios luego se "interpreta" porque facturo a "Clientes extranjeros"?

Hace días que retraso mi alta del Monotributo por este tema de la actividad, y necesito darle de alta asi puedo pagar mi primer cuota del Monotributo.
Agradezco la manito que me pueda dar aquel que ya este anotado sin problemas. ¡Mil gracias! :)

Edit: Perdonen mods si el post no va acá... pero me pareció relevante la pregunta, ya que es un thread sobre la facturación de exportación de servicios. Cualquier cosa me avisan!

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Fernando Niembro
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2) Si no hay actividad llamada "exportación de servicios"; tengo que dar de alta la actividad específica (en mi caso sería 729000 - Actividades de informática n.c.p.) y la exportación de servicios luego se "interpreta" porque facturo a "Clientes extranjeros"?
Claro amigo, vos registras tu actividad comercial/profesion.

Luego das de alta el servicio de comprobantes en linea. Y luego te das de alta en el padron para emitir factura de exportacion.
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DrKnuth
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mariano escribió:
klausabio escribió:Tenes idea que es el termino "Incoterms" ?
Incoterms

son FOB CIF EXW para expo de bienes, es decir los terminos en los q se realizo la transaccion no aplicables a servicios evidentemente
¿O sea que esto lo dejamos sin llenar entonces si facturamos por servicios?

¿En "Forma de pago" que ponen? Porque en estos casos sería siempre por transferencia bancaria.

Saludos,
Daniel

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DrKnuth escribió:
mariano escribió: ¿En "Forma de pago" que ponen? Porque en estos casos sería siempre por transferencia bancaria.
Contado
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DrKnuth
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Hola, klausabio.
klausabio escribió:
DrKnuth escribió: ¿En "Forma de pago" que ponen? Porque en estos casos sería siempre por transferencia bancaria.
Contado
Sí, por lo que estuve viendo en otras facturas, las condiciones de venta pueden ser: contado, cuenta corriente o tarjeta. Y corresponde "contado" para cuando te hacen una transferencia.

Gracias por responder.

Saludos,
Daniel

fresnizky
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Hola gente... como todos estoy completamente perdido en como justificar correctamente los ingresos que me entran por Payoneer.
Basicamente lo que entendi es que la AFIP no tiene forma de registrar o controlar las cuentas de Payoneer, asi que mi idea es la siguiente:

1- Registrame en Monotributo en una categoria que cubra la cantidad que quiero justificar.
2- Cobrar los USD en Uruguay como hago habitualmente.
3- Cambiar los USD en una cueva.
4- Depositar en mi cuenta bancaria en $ como si fuese un tercero.
5- Hacer una factura C a John Doe con el CUIT de USA por el importe en pesos depositado.

Me parece que con esto estaria lo mas cubierto posible, y no deberia tener problemas, puede ser?

Saludos

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Fernando Niembro
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Para mi no estas 'lo mas cubierto posible'

Vos estas poniendo que le estas facturando a una persona que no reside aca en argentina, que esta en usa. Despues vas y depositas pesos por cajero? Hay una inconsistencia.

Si bien el BRCA saco la exigencia de liquidacion de divisas, no me parece que signifique que podes hacer cualquiera,

Pensa que podrias estar vendiendo merca en la calle, depositando la guita en el banco y justificando eso emitiendole una factura a John Doe ?

Puede que no pase nada, pero nadie te lo puede asegurar ni ahi.
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Elio Pez
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Adhiero a lo que dice klausabio.

Es opinión personal, pero ojo con eso de tomar 'Depositar en mi cuenta bancaria en $ como si fuese un tercero' tan a a ligera. Una cosa es que un tercero con nombre y apellido y CUIT te transfiera guita a tu cuenta, otra abismalmente diferente es que un completo NN te deposite.

De todos modos y como dije: es opinión, ni idea cómo operan.
Por amor de Dios, leé las FAQ.

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