No, ojo. El tema acá no es si tal o cual empresa adhiere a la ley. La empresa esa no exporta, vos sí. Quien debe adherir a la ley es uno, no la empresa que uno usa para cobrar.
Si prestan atención, en la entrevista la representante de Payoneer jamás dice que sí, que la operatoria es legal. Describe la regulación vigente y habla de que es el banco local (cuando recibe los dólares) quien debe encargarse de la liquidación. No quiero jugar a Sherlock, pero supondré que la entrevistadora o le hace el favor de no repreguntarle o ser más incisiva porque amabilidad después de 1h de entrevista o bueno... no le da como para darse cuenta que no le están contestando y rápidamente cambia de tema diciendo que
'ah, buenísimo' y asume que la respuesta es la que quería escuchar.
La realidad es que jamás le dijeron eso:
"La legislación que tenemos vigente desde el 1/9 (de 2019) lo que dice es que cada vez que vos exportás un servicio desde Argentina lo que vas a tener que hacer es repatriar los fondos por el MULC, el sistema bancario tradicional, hasta 5 días después -no tenés más plazo que eso- de haber recibido el cobro. Quiere decir que si yo cobré en USA, recibo los fondos, tengo 5 días para repatriar esos fondos a mi cuenta bancaria local y obviamente como van a venir a mi cuenta bancaria local es el banco el que va a hacer la operación de cambio, básicamente con el que voy a cumplimentar la operación de comercio exterior. Eso es lo que hay que hacer."
O sea, te explica lo que hay que hacer, que ya lo sabemos todos. NUNCA dice que con Payoneer podés hacer eso.
Según tu comprobante, la operación de cambio la hizo Payoneer a través de esta financiera que mencionás. No es Payoneer quien infringe la ley; es uno que no liquida los fondos como corresponde.
Aclaro que no soy contador y me puedo estar equivocando feo, pero no me convence ni la pregunta tal cual la formularon ni mucho menos la respuesta.
¡Saludos!