Uff se le rompió el código al webmaster
menos ganas de laburar que yo.
Acá te lo arreglé:
Si bien al momento las fronteras se encuentran cerradas con motivo de la presencia de coronavirus, existen algunas excepciones de ingreso para ciudadanos nacionales, residentes uruguayos y extranjeros por diferentes motivos (ver normativa):
- Reunificación familiar entre padres, cónyuges, concubinos, hijos solteros menores o mayores con discapacidad.
- Choferes de transporte internacional.
- Diplomáticos acreditados.
- Pilotos de aeronaves.
- Prácticos de buques.
Se autorizan ingresos transitorios por razones: humanitarias o con fines laborales, económicos, empresariales o judiciales fundados en razones de necesidad impostergable. Deben gestionarse ante la Dirección Nacional de Migración a través de un formulario en línea donde se debe indicar, entre otros datos, el motivo del viaje y seleccionar el Ministerio competente correspondiente al área de actividad involucrada.
En todos los casos consultar por más información en:
dnm-consultas@minterior.gub.uy - Teléfono: (+ 598) 2030 1800.
Iniciar el trámite de autorización de ingreso excepcional a Uruguay.
Requisitos sanitarios de ingreso por COVID-19 (ver normativa)
ÚLTIMA INFORMACIÓN
Aquellas personas, nacionales o extranjeras, que hasta el 31 de julio de 2021 ingresen a la República Oriental del Uruguay provenientes del extranjero, y se encuentren comprendidas en los literales g o h del artículo 2 del Decreto N° 195/020 de 15 de julio de 2020, en la redacción dada por el artículo 1 del Decreto N° 143/021 de 19 de mayo de 2021, deberán realizarse, al séptimo día de haber realizado el test de detección del virus SARS CoV-2 en el país de origen o tránsito, un test por técnica de biología molecular PCR-RT a su costo, o en su defecto, guardar aislamiento social preventivo obligatorio durante catorce días contados desde su ingreso al país.
- Entregar un certificado de test negativo de coronavirus por técnica de biología molecular por PCR-RT, realizado hasta 72 horas antes del inicio del viaje en un laboratorio del país de origen o en tránsito del país que provengan.
- Completar una declaración jurada a través de la aplicación Trámites en Línea donde manifiestan la ausencia de síntomas y contacto con casos confirmados o sospechosos de COVID-19 en los 14 días previos al ingreso.
- Cumplir el aislamiento social preventivo obligatorio por el lapso de 7 (siete) días, debiéndose realizar al séptimo día de estadía en territorio nacional un nuevo test conforme al literal c) del decreto 195-2020 o extender el aislamiento social preventivo obligatorio por siete días más, alcanzando los catorce días desde el ingreso al país. Además de brindar una vía de contacto rápida con quien ingrese para hacer la trazabilidad.
- En caso de estar vacunados y habiendo cumplido los catorce días posteriores para lograr la inmunidad efectiva no deberán realizar cuarentena obligatoria presentando certificado de vacunación correspondiente. Asimismo, quienes ya hayan portado el virus Covid-19 dentro de los últimos 90 días previos al embarque o arribo al país, quedarán exceptuadas de realizar la cuarentena obligatoria de 7 días al arribo, acreditando haber cursado la enfermedad mediante resultado positivo de test PCR-RT o de detección de antígenos, los que deben haber sido realizados entre los 20 y 90 días previos al embarque
- Seguro de asistencia con cobertura específica para COVID-19.
- Se exhorta a evitar el uso de transporte público colectivo; someterse a control de temperatura en el punto de entrada; así como utilizar mascarilla facial en las oportunidades de contacto a menos de dos metros de distancia con otras personas.
- Descargar la aplicación Coronavirus Uy y activar bluetooth para dar seguimiento si se presentara un caso de COVID-19.