frobilotte
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Registrado: 25 Abr 2022 11:55

Buenas. Voy a empezar a laburar como contractor para el exterior, y hablando con un contador para el tema de declarar algo para tener plata blanqueada dentro del sistema, me comento una forma que es la de si cobras por payoneer, hacer el ingreso de cryptos a binance que se conoce via la tarjeta, de ahi enviar esas crypto a una wallet con domicilio fiscal en argentina, y despues generar la factura E, en pesos al monto en pesos que queda de la venta de esa crypto.

Entiendo que al ser un cobro mediante criptomonedas (eso es lo que queda a la vista de AFIP) hay un gris todavia en la legislacion de que al no ser USD, no tenes la obligacion de liquidar al precio oficial, porque obvio nunca tuviste USD. Esto es lo que me dijo este contador, que esta haciendo bastante esto y segun el es totalmente legal, (o por lo menos, esto lo imagino yo, no es ilegal.)

Como la ven?

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Andrew
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Según cómo la veo yo, hoy en día hacer una factura E es llamar la atención y buscarte problemas. Si no estás recibiendo una transferencia en USD y haciendo la factura por ese importe (es decir, todo se pesifica a la tasa oficial), estás yendo por un camino turbio que no sé a cuánta gente tendrás que convencer o explicar, si es que realmente hay un hueco legal para ello.
Lo más seguro es hacer facturas C y ver la forma de meter pesos, sea por transferencia o autodepósito (valores chicos), como se menciona en varios tópicos. En lo que hace a comercio exterior se la pasan cambiando las normas y hay muchos contadores que tocan de oído o tienen info vieja, y te pueden asesorar mal (se han visto muchos casos en el foro), así que nunca tomes a un contador como palabra santa.

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Elio Pez
Agente del Tesoro
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Registrado: 02 Nov 2016 09:45

No es necesario reinventar la rueda, más cuando no existe realmente beneficio alguno -más allá de cierta comodidad, si se quiere. La operatoria con las facturas C (bien hecha) supone riesgo nulo; mientras que lo de las facturas E no ofrece ninguna ventaja significativa y su viabilidad queda sujeta a interpretación. Independientemente de su validez o no, no veo la necesidad de tomar el camino riesgoso.

Dicho sea de paso, esto ya se discutió siete millones de veces. Usá el buscador si querés leer opiniones más desarrolladas, pero el resúmen es maso lo que te planteó Andrew.
Por amor de Dios, leé las FAQ.

Leandritus
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frobilotte escribió:
25 Abr 2022 14:57
Buenas. Voy a empezar a laburar como contractor para el exterior, y hablando con un contador para el tema de declarar algo para tener plata blanqueada dentro del sistema, me comento una forma que es la de si cobras por payoneer, hacer el ingreso de cryptos a binance que se conoce via la tarjeta, de ahi enviar esas crypto a una wallet con domicilio fiscal en argentina, y despues generar la factura E, en pesos al monto en pesos que queda de la venta de esa crypto.

Entiendo que al ser un cobro mediante criptomonedas (eso es lo que queda a la vista de AFIP) hay un gris todavia en la legislacion de que al no ser USD, no tenes la obligacion de liquidar al precio oficial, porque obvio nunca tuviste USD. Esto es lo que me dijo este contador, que esta haciendo bastante esto y segun el es totalmente legal, (o por lo menos, esto lo imagino yo, no es ilegal.)

Como la ven?
Si hago lo mismo, es legal haciendo la Factura E en USD lo haria yo luego ingresas las Crypto casi misma cantidad de esos USD facturados a una billetera local a eleccion

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Andrew
Nivel 10
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Registrado: 07 Nov 2018 17:30

Leandritus escribió:
13 Dic 2024 00:07
Si hago lo mismo, es legal haciendo la Factura E en USD lo haria yo luego ingresas las Crypto casi misma cantidad de esos USD facturados a una billetera local a eleccion
No estoy seguro hoy en día, pero hasta lo último que vi, si hacés factura E debería ingresar una transferencia del exterior al banco, no cosas raras con cripto. Te estás comprando un problema si no. Creo que falta para tener ese nivel de laxitud.

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