DrKnuth
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Hola, jamesbooker1975.
jamesbooker1975 escribió:
DrKnuth escribió:
rareoop escribió:Si, es medio turbio, pero hasta que no se pruebe a ver que pasa no vamos a saber realmente nada. Yo creo que una vez que el citi exclusivo desaparezca, puede llegar a ser una opcion para algunos, los que cobran pocas cantidades o los que estan super en blanco.
¿Qué es esto del "citi exclusivo"? ¿Un cajero de Citi Bank donde se pueden extraer dólares? :-)

Saludos,
Daniel
No, en Argentina solo se puede retirar dolares si tenes una cuenta bancaria en dolares en la entidad y solo en estos cajeros de esa entidad.
Exclusivo, los que quedan que son un par, no te cobraban comision ( cosa que banelco te cobra casi 100 pesos por extraccion ) . por extraer.
A ver si entendí. ¿Te referías a que para extraer dólares en esos cajeros de Citi Bank tenés que tener también una cuenta en dólares de Citi Bank y que lo de "exclusivo" se refiere entonces a que no te cobran comisión en determinados cajeros específicos de este banco?

Gracias por responder.

Saludos,
Daniel

DrKnuth
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Hola, nacho283.
nacho283 escribió:Entiendo los comentarios de muchos, yo tambien creo que el tema impositivo es el principal problema en este momento con el sistema de payoneer, sin embargo, yo creo que ese problema tambien existe con el sistema de los exchangers, en estas ultimas semanas he hecho transacciones con absolutamente TODOS los exchangers que publicitan en este foro, y ninguno me dejo emitirle facturas para justificar la transaccion, entonces cuan mas peligroso es realmente usar lo de payoneer que seguir usando el sistema de los exchangers? si ambos son en negro igual.

Ya se, obvio que una transferencia de una SA llamada payment collector seguro es mucho mas sospechosa para la afip que una transferencia de un exchanger cualquiera (aunque no necesariamente, ya que si el exchanger en cuestion hace transferencias todos los dias y no se preocupa por justificarlas tarde o temprano alguna alarma va a sonar). Yo creo que si Payoneer abrio este sistema es por que chequeo y se aseguro de cumplir con las regulaciones locales, de hecho, Payo es uno de los sistemas de pago mas estrictos con eso, los problemas que mencionaron varios con el tema de recibir pagos son precisamente por eso, por que chequean absolutamente todo antes de debitarte los fondos. Me parece que no es muy loco asumir que chequearon todo antes de darle esta tarea a una SA cualquiera.

En fin, me parece que la unica forma de estar completamente seguros es o comunicandose con la sociedad esta y preguntandoles, o comunicarse con Payoneer y preguntarles tambien, voy a intentar hacer ambas cosas en estos dias.
¿Al final te comunicaste con "Payment Collection" o con Payoneer para consultar esto? Aunque también leí otros comentarios de que las transferencias locales pueden venir por otros medios (tal vez por lo que pasó debido al allanamiento de Payment Collection?):

* TEF DATANET PR BCO.GALICIA Y BS.A.
* WEBPAY SRL Argentina.

Lo de Payment Collection es un tema bastante delicado y preocupante. Por eso seguramente cambiaron a estas otras. Habría que proceder con cautela y averiguar bien. Por ahí a Uber les cayeron encima porque son una multinacional reconocida y la cantidad de dinero que mueven es sustancialmente mayor que lo que podríamos mover nosotros.

Saludos,
Daniel

raulborgo
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Quería agregar esto:

1) Payoneer ya dice que soporta USD para Argentina:
En https://www.payoneer.com/products/local ... ithdrawal/ Argentina

SEE WHAT LOCAL CURRENCIES WE SUPPORT:

ARGENTINA
Supported Currencies: ARS USD

2) Ojo con transferir por moneda local... Me parece arriesgado si sos responsable inscripto (alguien lo es?) porque a pesar de que estas exportando software y estas exento de IVA, quizás la AFIP piensa que en realidad no es asi y trabajas para esa financiera y en cuyo caso si deberías pagar IVA. Esto no aplica para monotributo.

3) Vi que varios preguntaron "a nombre de quien la factura E" y no se aportó nada concreto. Me comentaron que si es cliente internacional te piden un TAXID, mandaron fruta ahi o no vieron ese campo en el formulario? Aclaro que yo nunca hice una factura E.

4) REFLEXION: En relacion al responsable inscripto. Una shit que pases del monotributo que es la gloria a un sistema autonomo enquilombado que necesitas de un contador. Pero en el calculo de ganancias el autonomo si bien lo cagan porque tiene menos "deduccion especial" que el empleado de relacion de dependencia, tiene un campo que es "Gastos de la actividad" donde se puede poner un número X que deberia respaldarse con gastos de facturas A o C. Como no está bien reglamentado es una zona gris. Cada uno puede decir, "yo gasté un tarro de pintura para donde vivo, y exporto software"... y otro puede decir "pero eso no es un gasto, que tiene q ver con tu actividad?" y vos podes decir "tengo conference diarias y no puedo tener la pared de fondo sucia rota, tengo q pintarla, es gasto"... Lo cual suena a razonable, no? Lo que digo es que me gustaria saber si hay alguien en este foro que sea resp inscripto para consultarle que pasa como gastos :D, ya que asumo que todos exportamos servicios que realizamos con una computadora (código, diseño, etc)...

argentoneer
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klausabio escribió:En realidad es al reves.

Cuando la afip te audita, la carga de la prueba se invierte.

Vos tenes que demostrar que operaste de buena fe, que no tenes nada que ver con lavado de activos.

Es al reves que en cualquier otro ambito de justicia, donde te tienen que probar que sos culpable y mientras tanto, sos inocente.
"Lavado de activos" es una cosa y "evasión fiscal" es otra, en todo caso ante AFIP vos tenés que demostrar que no cometiste evasión fiscal, y si la cometiste hasta cierto monto es sólo una infracción y no vas preso, simplemente quedás con deuda ante AFIP y la tenés que regularizar. Lavado de activos tiene que ver con un delito penal y podés ir preso, por eso quien te acuse tiene que demostrarlo.

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netz3r
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Hola @DrKnuth: Trato de reponderte las preguntas que me había realizado.
DrKnuth escribió: Es decir, si estamos dando un servicio a un cliente del exterior, entiendo que sería siempre una exportación de servicios. ¿O hay casos que no entran en la definición?
Según un contador, si en la exportación realizada además de exportar servicios se envía algún bien (por ejemplo: si vende un dispositivo X a un cliente del exterior, pero que la misma debe ser operada con un software diseñado exclusivamente por Ud.), entonces en este caso toma prevalencia la "exportación de bienes" por sobre la de servicios.

DrKnuth escribió: ¿Entonces, a los ojos de AFIP, cómo ve esta factura "C" que emití con la opción de "Cliente del exterior"? Si en ese tipo de comprobante dice que esa empresa me pagó en dólares y ese dinero está en la cuenta bancaria de Payoneer, eso puede generar algún inconveniente con AFIP? En principio tal vez no habría problema por un artículo que mencionaban en el foro sobre la no obligatoriedad de liquidar divisas.
La conjetura de @foleo es lo más sensato que leí en el foro respecto a este tema.
Sin embargo, estas preguntas son el "gris" que solo un contador especializado en el tema puede llegar a dilucidar.

DrKnuth escribió: ¿Y vos cómo te estás manejando con clientes del exterior?
Yo trabajo a través de Upwork, a algunos clientes les hago factura E, otros no me aceptaron para que lo haga (es decir no me divulgaron sus datos completos).
Los verdes me los transfiero hacia Payoneer, y de ahí estuve triangulando a otras cuentas "similares" para poderme hacer transferencias SWIFT en USD (ya que Payoneer no lo permite; al principio usé Payoneer > Skrill > Banco local, pero ya no se puede, amén de que las comisiones eran altas).
Ahora estoy viendo en emplear Paysera para poder triangular (había visto Leupay pero por el momento está bloqueado transferir USD).

------
DrKnuth escribió: Todavía no hice ninguna transferencia de ningún tipo, pero ayer probé configurar mi cuenta bancaria en Payoneer y en el desplegable con el tipo de moneda me aparecía tanto la opción de ARS como EUR, no de dólares.
Confirmo también, se habilitó esto hace poco parece. Sin embargo, no le veo mucho sentido todavía, a menos que uno tenga cuenta local en EUR.
Sería un golazo de mitad de cancha que habilitaran este servicio en USD de una vez!!!

Saludos y suerte!

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netz3r
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raulborgo escribió: 3) Vi que varios preguntaron "a nombre de quien la factura E" y no se aportó nada concreto. Me comentaron que si es cliente internacional te piden un TAXID, mandaron fruta ahi o no vieron ese campo en el formulario? Aclaro que yo nunca hice una factura E.
Los datos obligatorios son:
  • Razón social (nombre completo si es particular, o de la empresa)
  • Domicilio
  • País
  • CUIT del país o ID impositivo (al menos uno de los dos)
El "ID impositivo" no es obligatorio, por eso se puede suplantar por el "CUIT de país".

DrKnuth
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Hola, netz3r.
netz3r escribió:Hola @DrKnuth: Trato de reponderte las preguntas que me había realizado.
Gracias por tu tiempo.
netz3r escribió:
DrKnuth escribió: Es decir, si estamos dando un servicio a un cliente del exterior, entiendo que sería siempre una exportación de servicios. ¿O hay casos que no entran en la definición?
Según un contador, si en la exportación realizada además de exportar servicios se envía algún bien (por ejemplo: si vende un dispositivo X a un cliente del exterior, pero que la misma debe ser operada con un software diseñado exclusivamente por Ud.), entonces en este caso toma prevalencia la "exportación de bienes" por sobre la de servicios.
Perfecto. Por ahora este no sería mi caso porque puntualmente me estoy dedicando a lo que es administración de servidores y servicios y asesoramiento en el ámbito de TI. O sea, por ahora es puramente servicios.
netz3r escribió:
DrKnuth escribió: ¿Entonces, a los ojos de AFIP, cómo ve esta factura "C" que emití con la opción de "Cliente del exterior"? Si en ese tipo de comprobante dice que esa empresa me pagó en dólares y ese dinero está en la cuenta bancaria de Payoneer, eso puede generar algún inconveniente con AFIP? En principio tal vez no habría problema por un artículo que mencionaban en el foro sobre la no obligatoriedad de liquidar divisas.
La conjetura de @foleo es lo más sensato que leí en el foro respecto a este tema.
Sin embargo, estas preguntas son el "gris" que solo un contador especializado en el tema puede llegar a dilucidar.
Sí, también me parecio interesante el comentario de @foleo. Era una visión que no se me había ocurrido. Suponiendo que ese fuera el caso y que a partir de ahora haga factura de exportación, si me quiero transferir en dólares (una vez que Payoneer nos habilite la opción), la transferencia tendría que ser por una suma exactamente igual al total de las facturas de exportación emitidas al momento de la transferencia? Y remarco lo de "exactamente igual" al no considerar esa factura "C" a "Cliente del exterior" que me quedó colgada o lo anteriormente cobrado por Payoneer sin facturar en AFIP porque uso Payoneer desde el 2014 y esta opción de transferencia a banco local es bastante nuevita.

Creo que, por lo que leí, lo mejor es si, en la medida de lo posible, uno puede esperar el tiempo necesario como para juntar varias facturas "E" que permitan transferir una suma mayor a los 1000 USD para que el impacto por las comisiones locales se reduzca al mínimo posible.
netz3r escribió:
DrKnuth escribió: ¿Y vos cómo te estás manejando con clientes del exterior?
Yo trabajo a través de Upwork, a algunos clientes les hago factura E, otros no me aceptaron para que lo haga (es decir no me divulgaron sus datos completos).
Los verdes me los transfiero hacia Payoneer, y de ahí estuve triangulando a otras cuentas "similares" para poderme hacer transferencias SWIFT en USD (ya que Payoneer no lo permite; al principio usé Payoneer > Skrill > Banco local, pero ya no se puede, amén de que las comisiones eran altas).
Ahora estoy viendo en emplear Paysera para poder triangular (había visto Leupay pero por el momento está bloqueado transferir USD).
Yo también estoy trabajando a través de Upwork. Por lo que me decís, entonces entiendo que les estás haciendo factura "E" a todos aquellos que te divulgaron sus datos. O sea que entonces para estar en blanco con AFIP entiendo que podrías transferirte a tu cuenta local solo lo que justificaste con estas facturas. Digo "podrías" por este tema de que todavía no tenemos habilitada la opción de transferencia directa en USD por Payoneer. Creo que leí algún mensaje anterior donde hiciste algún comentario de Paysera. ¿Qué tal son las comisiones con Paysera? Las comisiones locales ya vimos que son bastante altas.

------
netz3r escribió:
DrKnuth escribió: Todavía no hice ninguna transferencia de ningún tipo, pero ayer probé configurar mi cuenta bancaria en Payoneer y en el desplegable con el tipo de moneda me aparecía tanto la opción de ARS como EUR, no de dólares.
Confirmo también, se habilitó esto hace poco parece. Sin embargo, no le veo mucho sentido todavía, a menos que uno tenga cuenta local en EUR.
Sería un golazo de mitad de cancha que habilitaran este servicio en USD de una vez!!!

Saludos y suerte!
Lo raro es que si vas a la página para ver si están habilitadas las transferencias, para Argentina muestra que lo están en ARS y USD.

Gracias nuevamente por tus respuestas y tu tiempo.

Saludos,
Daniel

DrKnuth
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Hola de nuevo, netz3r.
netz3r escribió:
raulborgo escribió: 3) Vi que varios preguntaron "a nombre de quien la factura E" y no se aportó nada concreto. Me comentaron que si es cliente internacional te piden un TAXID, mandaron fruta ahi o no vieron ese campo en el formulario? Aclaro que yo nunca hice una factura E.
Los datos obligatorios son:
  • Razón social (nombre completo si es particular, o de la empresa)
  • Domicilio
  • País
  • CUIT del país o ID impositivo (al menos uno de los dos)
El "ID impositivo" no es obligatorio, por eso se puede suplantar por el "CUIT de país".
Pensé que lo del CUIT del país era algo muy genérico. Pero si dan la opción de ponerlo y no hay otra alternativa, supongo que estará bien.

La duda que tengo acá es: ¿si vos ponés en la factura "E" los datos de la empresa o la persona para la que trabajaste (por ejemplo a través de Upwork) y después la transferencia te entra a nombre de Payoneer o Bank of America, AFIP podría considerarlo como una inconsistencia al venir la transferencia directamente de una cuenta bancaria que no sea de titularidad de la empresa o persona que pusiste en la razón social?

Saludos,
Daniel

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netz3r
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Hola @DrKnuth:

1) Respecto a la transferencia a tu cuenta local: Sí, es requisito que sea por el monto exacto a lo que estás facturando. Con las nuevas reglamentaciones (la que uno tiene hasta 365 dias para liquidar las divisas, no recuerdo el nro de comunicación del BCRA), creo se podrían juntar varias facturas y luego transferirte todo junto.

En mi caso, a mis clientes les facturo en tandas mensuales o bimensuales de modo de hacer una única factura y amortiguar las comisiones del banco.

2) Debido a que estamos de este lado del mundo, las transferencias van por la red SWIFT, es decir existen 2 esquemas SHA y OUR, donde el primero se comparten las comisiones entre originante y beneficiario, y en el último paga solo el originante. Algunos sistemas no permiten elegir, por lo que esto atenta al monto "exacto" que requiere la transferencia. De más está decir que estos esquemas tienen diferentes comisiones.

3) Paysera aparentemente (todavía no lo usé) cobraría 10 EUR por transferencia OUR (simulando desde adentro), sin embargo en algún lado leí que puede que se te cobren cargos adicionales luego de que la misma ocurra.

4) Si bien Payoneer "habilitó" las transferencias en EUR para cuentas locales, tampoco nos puede ser útil ya que no hay forma de definir el monto exacto que uno requiere para transferirse. Además de que al momento no se conoce la cotización del EUR que ellos van a aplicarte.
Solo veo que ellos quieren sí o sí ganar por las comisiones al convertir divisas.

5) Sobre tu última pregunta es la más interesante: Es verdad, que las divisas no vienen a nombre del cliente facturado. Pero tampoco vienen (en mi caso) desde Payoneer o Bank of America (ya que no uso Payoneer) o un tercero diferente. En todos los casos la transferencia vino con mi nombre.

Este es un "gris", ya que debería "blanquear" la cuenta, pero al ser cuentas virtuales, no hay legislación al respecto.
Mi forma de verlo (y que me cierra) es este: con mi cliente convenimos en que me pagaba con X (siendo X: payoneer, paypal, paysera, etc.), por eso tengo una cuenta en X y me transfiero desde ella con mi nombre hacia mi cuenta local.

La AFIP (o quien sea) no debería hacerte "problemas" ya que tenés la documentación (facturas) que lo avala y además estás pagando los impuestos correspondientes. Y de última, tenés las transacciones dentro de dicha cuenta X que avalan el origen de los fondos.

Espero sea un poco más iluminador. Como verás no hay mucha ciencia cierta acá, lamentablemente.

DrKnuth
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netz3r escribió:Hola @DrKnuth:
Hola, netz3r.
netz3r escribió: 1) Respecto a la transferencia a tu cuenta local: Sí, es requisito que sea por el monto exacto a lo que estás facturando. Con las nuevas reglamentaciones (la que uno tiene hasta 365 dias para liquidar las divisas, no recuerdo el nro de comunicación del BCRA), creo se podrían juntar varias facturas y luego transferirte todo junto.

En mi caso, a mis clientes les facturo en tandas mensuales o bimensuales de modo de hacer una única factura y amortiguar las comisiones del banco.
Acá cuando decís les facturo en tandas mensuales o bimensuales de modo de hacer una única factura y amortiguar las comisiones del banco, entiendo que te referías a hacer una única factura por cliente donde cada factura de cada cliente incluya todos los ítemes que le vendiste en ese período, ¿no? Luego, sumás el total de cada factura (que sería lo mismo a decir "de cada cliente") y ese total general debería concidir con lo que te estás transfiriendo.

Ahora, en relación con los 365 días que mencionabas para liquidar divisas, por este tema que habían mencionado en algún mensaje del foro sobre la no obligatoriedad de liquidar divisas, ¿esto significa que podemos facturar sin luego transferirnos o esa no obligatoriedad solo aplica para quienes tienen declarada esa tenencia de divisas en el exterior?
netz3r escribió: 2) Debido a que estamos de este lado del mundo, las transferencias van por la red SWIFT, es decir existen 2 esquemas SHA y OUR, donde el primero se comparten las comisiones entre originante y beneficiario, y en el último paga solo el originante. Algunos sistemas no permiten elegir, por lo que esto atenta al monto "exacto" que requiere la transferencia. De más está decir que estos esquemas tienen diferentes comisiones.
Interesante observación sobre los esquemas de transferencias y cómo estos impactan en el monto de la misma. Gracias por compartirla. Ahora bien, entiendo que la aplicación de estas comisiones es posterior a la entrada de ese dinero declarado en la facturación, por lo que no podrían hacerte problema. Creo que esto fue algo comentado en algún mensaje anterior de este mismo hilo donde alguien decía que a lo sumo te pueden decir algo solo si lo que ingresa antes de aplicar las comisiones es mayor a lo que declarás en las facturas de ese período.
netz3r escribió: 3) Paysera aparentemente (todavía no lo usé) cobraría 10 EUR por transferencia OUR (simulando desde adentro), sin embargo en algún lado leí que puede que se te cobren cargos adicionales luego de que la misma ocurra.
Ya nos contarás si averiguaste algo más y cómo cierran los números de las comisiones aplicadas :)
netz3r escribió: 4) Si bien Payoneer "habilitó" las transferencias en EUR para cuentas locales, tampoco nos puede ser útil ya que no hay forma de definir el monto exacto que uno requiere para transferirse. Además de que al momento no se conoce la cotización del EUR que ellos van a aplicarte.
Solo veo que ellos quieren sí o sí ganar por las comisiones al convertir divisas.
Cierto. Además no se si los bancos locales dan cuenta en EUR. En mi caso tengo una cuenta en Santander Río y es bimonetaria pero solo maneja USD y ARS. Si llego a hablar con la gente de Payoneer para incorporar USD en las transferencias, les comento si tengo alguna novedad. Porque es inconsistente que te por un lado te digan que sí pero luego no tengas la opción.
netz3r escribió: 5) Sobre tu última pregunta es la más interesante: Es verdad, que las divisas no vienen a nombre del cliente facturado. Pero tampoco vienen (en mi caso) desde Payoneer o Bank of America (ya que no uso Payoneer) o un tercero diferente. En todos los casos la transferencia vino con mi nombre.

Este es un "gris", ya que debería "blanquear" la cuenta, pero al ser cuentas virtuales, no hay legislación al respecto.
Mi forma de verlo (y que me cierra) es este: con mi cliente convenimos en que me pagaba con X (siendo X: payoneer, paypal, paysera, etc.), por eso tengo una cuenta en X y me transfiero desde ella con mi nombre hacia mi cuenta local.

La AFIP (o quien sea) no debería hacerte "problemas" ya que tenés la documentación (facturas) que lo avala y además estás pagando los impuestos correspondientes. Y de última, tenés las transacciones dentro de dicha cuenta X que avalan el origen de los fondos.
Lo que decís sobre que AFIP (o quien sea) no debería hacernos problema si tenemos la facturación que avala esa entrada de dinero convenida con el cliente por la plataforma X y la documentación en dicha plataforma X de que recibimos dinero por ese cliente, cierra el círculo. Así que tiene sentido para mi. Pero no me queda claro qué método estás usando para que las transferencias te lleguen a tu nombre. ¿Podrías elaborar esto, por favor?
netz3r escribió: Espero sea un poco más iluminador. Como verás no hay mucha ciencia cierta acá, lamentablemente.
Gracias por tu respuesta y tu tiempo.

Saludos,
Daniel

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netz3r
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Hola @DrKnuth: te respondo sin citar para no alargar el thread.

1) Exacto, una factura por cada cliente.

Sobre la no obligatoriedad de liquidar divisas: Primero tenes que facturar (y pagar los impuestos correspondientes), luego uno debe liquidar lo facturado. Dicha norma dice que ya no es necesario liquidar.
De todas formas, no me queda claro cómo es el procedimiento para declarar una cuenta del exterior y pagar al respecto.
Tampoco, si uno opta por liquidar, si se pueden agrupar varias facturas de distintos/mismo clientes para amortiguar las comisiones.

2) Se supone que no. Estaría bueno encontrar la norma para sacarse la duda definitiva.

4) Estoy en tu mismo caso. Al margen, ya les pregunté al "soporte" de Payoneer esa consulta y me contestaron un "no" sin justificación:
Please note that currently we support bank transfers to Argentina only in ARS or EUR. Unfortunately we cannot enable the USD option for you.
Si podés preguntarles, mejor. Nunca está de más que hayan más campanas sonando.
Cada vez que pregunté al respecto, me negaron la petición. Estaría bueno que lo habiliten, pero creo que nunca se va a dar pues se les acaba el negocio de las comisiones.

5) La transferencia vino a mi nombre porque simplemente porque me registré en Skrill usando el mismo. Cuando hacés un retiro mediante tranferencia SWIFT, además, el banco originante era "Skrill LTD" (o similar) y demás datos adicionales.
Calculo que con Paysera será similar salvo el banco.
Si te interesa conocer qué datos adicionales se envían, buscá SWIFT MT103 (https://www.globalmediapro.com/content/WhatIsMT103SWIFT)

Suerte!

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Fernando Niembro
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netz3r escribió:De todas formas, no me queda claro cómo es el procedimiento para declarar una cuenta del exterior y pagar al respecto.
La declaras en bienes personales.
El partido esta picado, por suerte nosotros contamos con Travel Eis Asistans

DrKnuth
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netz3r escribió:Hola @DrKnuth: te respondo sin citar para no alargar el thread.
Hola, netz3r.
netz3r escribió: 1) Exacto, una factura por cada cliente.

Sobre la no obligatoriedad de liquidar divisas: Primero tenes que facturar (y pagar los impuestos correspondientes), luego uno debe liquidar lo facturado. Dicha norma dice que ya no es necesario liquidar.
De todas formas, no me queda claro cómo es el procedimiento para declarar una cuenta del exterior y pagar al respecto.
Tampoco, si uno opta por liquidar, si se pueden agrupar varias facturas de distintos/mismo clientes para amortiguar las comisiones.
Gracias por aclarar lo de la factura por cliente. Había interpretado eso, pero era solo para confirmar por la redacción.

¿Cuando decís "pagar los impuestos correspondientes", te referís al monotributo?

Por otra parte, lo que no me queda claro es si para no liquidar tenés que tener declarada la cuenta en el exterior. O sea, si no la tenés declarada, ¿tenés que liquidar sí o sí? No recuerdo haber leído esa condición. Releyendo un mensaje de jamesbooker1975 sobre Factura Electrónica de Exportación - AFIP, ahí encontré la respuesta a mi pregunta: La no liquidacion de divisa te permite dejar la plata afuera, pero tenes que tener la cuenta declarada y obviamente pagar impuestos aca (dudo que nos sirve para los que utilizamos payo ) . O entrarla mediante transferencia desde una cuenta de afuera a tu cuenta.

Sobre el comunicado del BCRA que extiende el plazo a 365 días, lo estuve buscando y acá lo encontré. Pero no dice nada sobre juntar varias facturas para liquidar. Supongo que mientras cumplas el plazo, no hay problema con el cómo lo liquídes.
netz3r escribió: 2) Se supone que no. Estaría bueno encontrar la norma para sacarse la duda definitiva.
Para seguir el hilo de la respuesta, veo que esto venía por lo que te decía de que la aplicación de las comisiones de las transferencias es posterior a la entrada de ese dinero declarado en la facturación, por lo que no podrían hacerte problema. Coincidimos entonces, aunque es lo que pensamos entre nos sin tener la norma que nos respalde. Si alguien la tiene a mano o la encuentra, bienvenida es.
netz3r escribió: 4) Estoy en tu mismo caso. Al margen, ya les pregunté al "soporte" de Payoneer esa consulta y me contestaron un "no" sin justificación:
Please note that currently we support bank transfers to Argentina only in ARS or EUR. Unfortunately we cannot enable the USD option for you.
Si podés preguntarles, mejor. Nunca está de más que hayan más campanas sonando.
Cada vez que pregunté al respecto, me negaron la petición. Estaría bueno que lo habiliten, pero creo que nunca se va a dar pues se les acaba el negocio de las comisiones.
¿Y sobre esa respuesta, les preguntaste por qué no son capaces de hacerlo? :)

Te cuento que les escribí el domingo pasado preguntándoles por qué si en el sitio de Payoneer dicen que manejan USD y ARS para transferencia hacia bancos de Argentina (les adjunté captura de pantalla), no está disponible la opción. Básicamente fui directo a preguntarles por esa inconsistencia :) Todavía no me respondieron. Cuando me respondan, les cuento.
netz3r escribió: 5) La transferencia vino a mi nombre porque simplemente porque me registré en Skrill usando el mismo. Cuando hacés un retiro mediante tranferencia SWIFT, además, el banco originante era "Skrill LTD" (o similar) y demás datos adicionales.
Calculo que con Paysera será similar salvo el banco.
Si te interesa conocer qué datos adicionales se envían, buscá SWIFT MT103 (https://www.globalmediapro.com/content/WhatIsMT103SWIFT)

Suerte!
Ahora que releo mi mensaje anterior, te preguntaba "qué método estás usando para que las transferencias te lleguen a tu nombre" pero me expresé mal (las transferencias van a llegarte siempre a tu nombre) porque esta pregunta venía por tu comentario de "la transferencia vino con mi nombre". O sea, de esto interpreté que figurabas como originante y mi pregunta se orientaba a qué método usaste para que eso sea así. Creo que igual me entendiste, ¿no? :)

Muy interesante! Gracias por compartir estos datos enviados en la transacción mediante SWIFT. Particularmente centré mi atención en los que listo a continuación. Decime, por favor, si estoy interpretando esto correctamente.

* :50A, F or K => Ordering Customer (Payer). => ¿Acá sería tu nombre para la cuenta que abriste en "Skrill LTD" (o similar)?
* :52A or D => Ordering Institution (Payer's Bank). => ¿Acá te aparece "Skrill LTD" (o similar)?
* :53A, B or D => Sender's Correspondent (Bank). => Acá no me queda muy claro qué datos te ponen.
* :54A, B or D => Receiver's Correspondent (Bank). => Acá no me queda muy claro qué datos te ponen.
* :56A, C or D => Intermediary (Bank) => No se si habrá alguno. Ya nos contarás...
* :57A, B, C or D => Account with Institution (Beneficiary's Bank) => Aquí supongo que sería tu número de cuenta en el banco local.
* :59 or 59A => Beneficiary => Aquí supongo que sería tu nombre pero ahora en el banco local.



Gracias por tu respuesta y tu tiempo.

Saludos,
Daniel
Última edición por DrKnuth el 31 Ene 2017 15:18, editado 1 vez en total.

gsmbrands
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hola
soy nuevo en esto de payoneer y quisiera saber si alguien me puede confirmar que es posible retirar los fondos desde payoneer a 1 cuenta bancaria en Argentina (caja de ahorros o cuenta corriente en pesos)

desde ya les agradezco toda la info que puedan proporcionarme

saludos

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netz3r
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@Klausabio: Gracias por la data. ¿Tenés idea si un monotribusta podría hacer este tipo de declaraciones? ¿O solo aplica para Resp.Inscriptos?


--------

@DrKnuth:

1) Sí, con "facturar" me refería a pagar el monotributo.

Respecto a lo demás, no tengo idea. Como citó @klausabio, declarar una cuenta del exterior se hace en Bienes Personales (escapa a mi conocimiento todo lo relacionado a esto).

4) Sí, volví a preguntarles, también les adjunté captura de la pagina. Todavía sin respuestas.

5) Sí, así sería. De todos modos, este "formulario" es interno entre los bancos, en ningún caso vos como usuario originante o beneficiario lo tenés que generar. Dicho esto, es muy probable que muchos de esos campos sean opcionales en la práctica.


---------

@gsmbrands: Estás en lo correcto, para más detalles, leete unas páginas de este mismo thread.
En particular, dependiendo del monto de la transferencia, la forma en la que estes inscripto ante la AFIP y cómo obtenés dicho monto, quizás te interese comprender qué implicancias tiene una transferencia en pesos desde una financiera local.
(En mi opinión, poder se puede, pero no lo recomiendo.)

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